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¿Sabes cómo desgravar una donación? ¡Te ayudamos!

¿Cómo desgravar una donación? En nuestra ONG Educo te ayudamos

diciembre 11, 2024
Tu solidaridad desgrava, ¡y mucho! En otros artículos hemos visto las numerosas razones para apadrinar a un niño o niña o colaborar con donaciones puntuales con una ONG como la nuestra, pero el donativo también se puede desgravar con el impuesto del IRPF, de modo que parte de la aportación que se ha hecho y que ha ayudado a mejorar la vida de niños y sus familias, se recupera. Las donaciones que realices a ONG como Educo, permiten deducir hasta un 80% del dinero aportado.

¿Cómo se calculan las deducciones de las donaciones?

Desde Educo queremos informarte y ayudarte para que puedas deducir en la Declaración de la Renta las ayudas aportadas. De este modo, te presentamos este artículo informativo acerca de cómo desgravar una donación y, en caso de que surja cualquier tipo de duda, contacta con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.

Al igual que se hacen estimaciones sobre otro tipo de deducciones, como por ejemplo la de los fondos de pensiones, te invitamos a calcular las deducciones fiscales de los donativos que se realizan a causas realmente importantes, que llenan de satisfacción a nivel personal y social y finalmente resulta incluso mucho más económico de lo que parece en un principio. 

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Para que se puedan hacer los cálculos, hay que saber que los primeros 250€ donados a una ONG dan derecho a una deducción del 80%. Esto quiere decir que si en el transcurso del año se donan 250€, en la Declaración de la Renta de ese ejercicio se pueden deducir 200€. De este modo, el coste real habrá sido de tan solo 50€ y se habrá ayudado a mejorar la vida de los más necesitados de forma notable.

A partir de los 250€ anuales, se aplica una reducción del 40% para el importe restante. Además, si es el tercer año consecutivo que se colabora con la misma ONG, el porcentaje sube hasta alcanzar el 45%, siempre y cuando la donación se mantenga igual o sea superior cada año con respecto a la del ejercicio anterior.

¿Todas las donaciones pueden desgravarse?

Se pueden desgravar todos los donativos realizados a organizaciones acogidas a la ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Las condiciones que deben cumplir son ser entidades sin ánimo de lucro y perseguir fines de interés general. Es el caso de las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública, como Educo.

¿Cómo desgravar tu donación de ONG?

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Si quieres desgravar por donaciones realizadas a organizaciones como Educo, sigue los siguientes pasos.
  • Primero paso: hacer el donativo, hacerse socio de una ONG o apadrinar a un niño o niña. Son diferentes las fórmulas de ayudas económicas que presenta cada entidad solidaria de este tipo. Infórmate sobre sus planes y proyectos y colabora en la forma que te resulte más interesante o conveniente.
     

  • Segundo paso: solicitar el certificado de donaciones que acredite que realmente se ha hecho ese donativo.
     

  • Tercer paso: adjuntar este certificado a la Declaración de la Renta para que se proceda a las reducciones fiscales que correspondan.  
     

  • Por último, los beneficios fiscales se verán aplicados en la Declaración de la Renta, de forma que parte de la ayuda entregada, vendrá de vuelta. De este modo, el coste por donación es mucho menor de lo que realmente les llega a esas comunidades necesitadas, que se transforma en oportunidades para mejorar su presente y su futuro.

Certificado fiscal de donaciones a ONG

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Para desgravar una donación es necesario acreditar los donativos con este documento en la Declaración de la Renta. Según el artículo 24 de la Ley 49/2002 (de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo), este certificado fiscal debe contener la siguiente información sobre el donante y sobre la entidad con la que se ha colaborado. Se necesitan los datos identificativos, el NIF y los datos personales de identificación del donante y de la entidad donataria, así como una mención expresa de que esta última está incluida en las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002 (entidades beneficiarias del mecenazgo).

En el caso de los donativos económicos, se ha de especificar la fecha y el importe del donativo que se realizó. Si no se trata de dinero, deberá adjuntarse un documento público u otro similar y válido que acredite la entrega del bien donado. Asimismo, es necesario que se especifique el destino que la entidad donataria dará al objeto donado.

Por último, el certificado fiscal debe incluir una mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de las donaciones.

Así, además de la satisfacción personal de colaborar con un proyecto para mejorar el futuro de los niños y niñas, sus familias y comunidades más desfavorecidas, desgravar por donaciones hace que el esfuerzo económico resulte menor de lo que en principio podría suponerse.
Ayúdamos a que más ninos y niñas estén en la escuela, es su derecho

apadrinar a un niño , desgravar , Donación , España , IRPF , renta , solidaridad

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